Se expide MANDATO DE CONDUCCION POR LA FUERZA PUBLICA para que sea conducido en forma inmediata ante el Fiscal 7° del Ministerio Público del Estado Carabobo, con el debido respeto de sus derechos constitucionales, debiendo ser llevado ante dicha Fiscal cuando le requiera, ya que en el escrito de solicitud se menciona una fecha ya pasada, a saber, 29-11-2.004; todo de conformidad con lo pautado en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio. Remítase la presente actuación a la Fiscalía 7ma del Ministerio Público. Líbrese oficio. Cúmplase.