Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la autoridad que le confiere la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Encuentra CULPABLE al ciudadano: ANGEL RAMÓN MONTILLA ROJAS, ampliamente identificados en autos, de la comisión de los delitos de ASALTO A VEHÍCULO DE TRANSPORTE COLECTIVO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 358 en su cuarto aparte, en relación con los artículos 80 y 82 y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 todos del Código Penal, y se CONDENA a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS Y DOS (02) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de la Ley previstas en el artículo 16 eiusdem, a saber:
1. La inhabilitación política mientras durante el tiempo de la condena.
2. La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta.
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