Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el Abogado en ejercicio JESUS REAL MAIZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Ruben Armando Aparicio, titular de la cédula de identidad No. 6.163.516, contra el auto de fecha Veintiséis (26) de Octubre de 2.006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, que oyó en un solo efecto la apelación interpuesta por él contra el auto de fecha Veinticinco (25) de Septiembre de 2.006.. Así se decide. Remítase copia certificada de esta decisión al Juzgado de la causa.