DE LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL
En consecuencia, este TRIBUNAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en la Sentencia de fecha 22 de diciembre de 2003, emanada de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, su posterior ratificación de fecha 26-11-04 y la Sentencia de fecha 14-09-05, y con fundamento en el artículo 335 de la Constitución Nacional, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Asumo totalmente el poder jurisdiccional en el presente asunto, prescindiéndose de la participación de los escabinos; Segundo: Se fija el Juicio Oral y Público en la presente causa para el día diez (10) de julio de 2006, a las 11:30 a.m. Sala N° 2, de acuerdo al sistema de agenda única implantado en esta Extensión Judicial; Tercero: Cítese a los expertos y testigos para el Juic.....