DECISIÓN
En tal sentido, cumplida como ha sido la tramitación procesal en esta Superioridad, éste Juzgado Superior Tercero Agrario, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por los Abogados MARIANDRY FANEITE HIDALGO Y PASTOR LEONARDO PÉREZ GÓMEZ, en su carácter de apoderados judiciales de la parte accionada. CON LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, intentada por los ciudadanos DIÓGENES TOVAR MARTINEZ Y JACOBO TOVAR MARTINEZ, en contra del ciudadano EMILIO SIMON TOVAR MARTINEZ. Queda CONFIRMADA así la sentencia objeto de apelación. En consecuencia se ordena la restitución a los querellantes del inmueble individualizado de la siguiente manera: Área de terreno con superficie de 450 metros cuadrados (30 mts De fondo por 15 mts de ancho), con linderos particulares, NORTE: terrenos de Diógenes Tovar Martínez y Jacobo Martínez; SUR: terrenos de terrenos de Diógenes Tova.....