. Este Tribunal decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre sobre el inmueble constituido por la extensión de terreno, en la posesión denominada "Nepe" o "Estancia Altamira, compuesta por tres (3) porciones planas y una (1) de cerro, "Las Pérez", "Monte Oscuro" y "El Nepe", ubicadas en jurisdicción del Municipio Guacara del Estado Carabobo y cuyos linderos son NORTE: Una línea recta que partiendo de una fila de piedra situada hacia el poniente hasta encontrar un poste de mampostería que esta situado en el lugar denominado los potreritos, lindando con los terrenos de Yagua; PONIENTE: La cumbre de los cerros, partiendo del poste ya citado donde termina el lindero norte, hasta lindar con palizadas de por medio con terreno de Mozanga y terrenos de Pedrera y de los que son o fueron de Dr. Rufino González Miranda; SUR: Lindando con la Carretera vieja que conduce de Valencia a Guacara y NACIENTE: Terrenos vendidos a la señora Mercedes Bustamante de Acosta, denominados N.....