DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la Intimación de Honorarios Profesionales, efectuada por la abogada: CINDY YOSELIN RIAÑO P., abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.053, actuando en nombre y representación de la ciudadana: ALIS COROMOTO GUTIÉRREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad N° 8.143.182, por la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 3.250.000,00), en contra de la ciudadana: ADRIANA KISEVET RINCÓN MORA, venezolana, mayor de edad , titular de la Cédula de Identidad Nº 4.735.722, y de este domicilio, representada por sus Apoderados Judiciales: FRANK NUÑEZ ESCALONA y JOSÉ ERNESTO RIERA, abogados en ejercicios, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 90.167 y 90.132, respectivamente.- SEGUND.....