Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo penal, en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley CONVIERTE EL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR al penado YOSUAR MANUEL HERRERA SILVA, titular de la cedula de identidad nro. 16.059.348, quien la cumplirá en la siguiente dirección: Quibor, Municipio Jiménez, Urbanización La Ceiba II, vereda 1, Casa nro. 9, Sector 2, Municipio Jiménez, Estado Lara, CON UN AUMENTO DE UNA TERCERA PARTE DEL RESTO DE LA PENA, faltándole por cumplir VEINTIRES (23) DIAS, siendo la tercera parte de la pena que le queda por cumplir: SIETE (07)días, TOTALIZANDO EL RESTO DE LA PENA QUE LE QUEDA POR CUMPLIR CON EL AUMENTO DE LA TERCERA PARTE: TREINTA (30) DIAS, PENA QUE EXTINGUE: EN FECHA 02 DE MARZO DE 2007 con la obligación expresa al penado de presentarse por ante la Prefectura del Municipio Jiménez, del Estado Lara, con la periodicidad que allí le sea impue.....