El Juzgado visto lo expuesto por la parte actora declara "Embargada" errose hacer la entrega a el ciudadano: Jacobo Alberto Rodríguez Salazar, la cantidad de Cincuenta y Seis mil cuarenta y nueve Bolivares con cincuenta centimos (Bs.56.049,50) de la cuenta corriente Nº 01080324000100058393, la cual es perteneciente a la parte demandada y se encuentra preventivamente embargada y en deposito de esta entidad bancaria; es por lo que ordena a la ciudadana Karina del Carmen Rondòn Rodríguez gerente de la referida entidad bancaria, desbloquear el monto antes mencionado y emita un cheque de Gerencia al nombre del ciudadano Jacobo Alberto Rodríguez Salazar. Seguidamente "el" errose La Gerente de la entidad bancaria Karina del Carmen Rondòn Rodríguez hace entrega a el ciudadano Jacobo Alberto Rodríguez Salazar un (01) cheque de Gerencia identificado con el Nº 00058871, por la cantidad de cincuenta y Seis Mil cuarenta y nueve Bolivares con cincuenta céntimos (Bs.56.049,50). En este estado solicit.....