En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando como Tribunal de Primera Instancia Regional de lo Contencioso Administrativo Especial Agrario, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Medida de Suspensión de Efecto, interpuesto por la abogada Diana Meléndez, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 192.780, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Freddy Aminadad Meléndez Santeliz, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.319.298 y en asistencia de los co-demandados ciudadanos Ada Carolina Salas de Meléndez y Pedro Rafael Meléndez Gutiérrez, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 3.863.165 y V- 9.552.210, respectivamente. ASI SE DECIDE. SEGUNDO: SE ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativ.....