En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado WHILL ROBHINSON PÉREZ, apoderado judicial de la parte demandada, en contra del auto dictado en fecha 10 de agosto de 2018, por el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, que declaró:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, la oposición realizada por la parte codemandada a la prueba promovida por la parte actora referente a las documentales antes señaladas.
SEGUNDO: En consecuencia prosígase con la admisión de las pruebas, salvo su apreciación en la definitiva.
TERCERO: Se CONDENA a la parte perdidosa en esta instancia a las costas procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Queda a.....