Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Sin lugar la demanda intentada por la parte actora, ya que se determinó que la relación entre ésta y la demandada era de arrendamiento.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas porque el actor alegó un ingreso mensual inferior a tres salarios mínimos, conforme al Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.