Se declaró: 1. CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por el abogado Nelson León, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 61.272, actuado en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN ANGEL PADILLA, titular de la cédula de identidad Nro. 9.647.689, en consecuencia, se declara la nulidad absoluta del acto administrativo de fecha treinta y uno (31) de octubre de 2000, emanado de la Alcaldía del Municipio Peña del Estado Yaracuy; y 2. IMPROCEDENTE la solicitud de amparo constitucional cautelar interpuesta.