DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto y oídas como han sido las partes, este Tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Impone la sanción de Privación de Libertad, prevista en el artículo 628 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de tres (03) años, de los cuales tiene cumplidos: tres (3) meses y once (11) días, restándole por cumplir: dos (02) años, ocho (08) meses y diecinueve (19) días, debiendo cesar la misma en fecha 20-12-2016.
SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de la defensa pública II, representada en este acto por el Abogado Luis Alberto Arocha, en el sentido de recluir al sancionado en la Estación Policial de Mesa de Cavacas del Municipio Guanare del estado Portuguesa, lo cual no fue objetado por el .....