igualmente el accionado manifestó hacerse responsable de los bienes que se encontraban en el inmueble objeto de la medida de Secuestro, los cuales serán trasladados a la siguiente dirección: Barrio La Municipal, Sector Cerritos Blanco, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren, Estado Lara. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA cumplido el Secuestro del inmueble identificado en el encabezamiento de la presente Acta. dejándolo libre de bienes y personas