este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley. ACUERDA:
PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION, en contra del ciudadano JHONATAN JESUS CAMACHO SANCHEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 14.979.708, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 405, del Código Penal, así como las pruebas ofrecidas, testimoniales y documentales por ser licitas, pertinentes y necesarias para el juicio oral y publico conforme a lo establecido en el artículo 330 ejusdem. SEGUNDO: Conforme a lo establecido en los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se Decreta el Enjuiciamiento del Acusado así como el Auto de Apertura a Juicio, emplazándose a las partes a fin de que concurran ante el Tribunal de juicio, en el plazo común de cinco (5) días. TERCERO: En cuanto a la solicitud de la defensa en relación a la imposición de una Medida Menos Gravosa, como es Arresto Domiciliario, por cuan.....