Quibor: 31 de Mayo de 2007.
197° y 148°
Vista el Acta de Conciliación N° 00-55-06, inserto al presente expediente emanado de la Defensoria Comunitaria del Niño y del Adolescente Parroquia Coronel Mariano Peraza, Municipio Jiménez del Estado Lara, con los recaudos presentados, suscrito por los Ciudadanos MAYELYS ANGULO Y WILMER TORREALBA, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-18.430.847, Y V-15.426.157, respectivamente, en beneficio de XXXXXXXXXXXXXXXX, por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia, este Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, así mismo ordena la apertura de cuaderno de cumplimiento a fin de llevar el control del presente acuerdo.
LA JUEZA
DRA. YUNIA RO.....