Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Acuerda mantener el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida, Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad en la forma como originalmente fue impuesta al ciudadano Identidad Omitida, antes identificado, de conformidad a lo establecido en el artículo 647 literal e de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, por lo que en consecuencia dicho ciudadano deberá acudir inmediatamente ante el Equipo Técnico Multidisciplinario, adscrito a este sistema penal a los fines de reiniciar el cumplimiento de la citada medida por el lapso que le resta por cumplir la sanción, así mismo se ordena Oficiar al Equi.....