Estudiadas las actas procesales que conforman la presente causa y en virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgador observa que la Abogada PATRICIA L. RIOFRIO PEÑALOZA, en su carácter de Juez Tercera del Municipio Iribarren del Estado Lara, expresa y declara que se inhibe de conocer sobre el juicio por RESOLUCION DE CONTRATO POR FALTA DE PAGO, signado bajo el Nº KP02-V-2009-004060, intentada por la ciudadana LIGIA JOSEFINA TORRELLAS JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-7.393.130, contra CONSTRUCTORA DAFIL, C.A., y siendo que doctrinariamente se ha considerado que el Juzgador ha de inhibirse cuando exista en él una prevención que afecte su imparcialidad, constituida por la simpatía o antipatía con la causa que una patrocinó, se evidencia la incapacidad subjetiva manifiesta por dichos ciudadanos por lo que se declara CON LUGAR la inhibición, por estar la misma realizada y fundamentada legalmente. En consecuencia, se acuerda remitir la presente ca.....