D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479 numeral 1, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, hoy derogado, ACUERDA a la penada ALEJANDRA ELIZETH LUCENA HERNADEZ, la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA como es el REGIMEN ABIERTO y se le imponen las siguientes CONDICIONES: 1.-Debe recibir atención psicológica para superar eventos traumáticos en su pasado y lograr sobreponerse. 2.-Debe recibir orientación por parte de su delegado de prueba asignado en cuanto a la inclusión educativa como medio de contención social, porque tiene la disposición y la voluntad. 3.-Debe mantenerse activa laboralmente para generar en ella sentimiento de utilidad......