DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 11 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decreta la flagrancia, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los ciudadanos: AYWIN DE JESUS CORDERO SANCHEZ y ANDREINA KARIN GOMEZ URANGA, portador de la cedula de identidad, 18.897.290, portador de la cedula de identidad, 20.941.751, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3 y 4 del Código Penal, y EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley contra El Secuestro y la Extorsión. Se ordenó la continuación del presente asunto por la vía del procedimiento Ordinario. La cual deberán cumplir en el CENTRO PENITENCIARIO DE LA REGION CENTROCCIDENTAL "SARGENTO DAVID VILORIA". Se acuerda copias simples solicitadas por la defensa Pública. Notifíquese a las part.....