Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, en decisión del Juez de Juicio , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, PARCIALMENTE CON LUGAR por "ABANDONO VOLUNTARIO", fundamentado en el artículo 185 causal 2° y del Código Civil, que intentara la ciudadana MARY CRUZ FIGUERAS BLANCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 14.420.568 y domiciliada en la av. Carúpano, calle La Marina, Caiguire, casa n°: 59, Cumana, Estado Sucre, asistida por la Abogada LIGIA GAMBOA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el n°: 111.313 en contra del ciudadano ALBERTO RAFAEL SOLORZANO LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 16.145.365, domiciliado en Brisas del Golfo, calle Mirador, casa n°: 301, .....