V
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso de nulidad interpuesto el ciudadano Nuncio Lauretta, en su carácter de Representante de LAUCENTRO MOTORES, C.A., asistido por el ciudadano Ermanno Chiarilli, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº GJT-DRAJ-2002-A-3336 del 17 de octubre de 2002, emanada de la Gerencia Jurídica Tributaria del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en la cual declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto y confirma el acto administrativo contenido en las resoluciones de imposición de multa números GRTI-RCE-500-SIV-2781 y GRTI-RCE-500-SIV-2782, ambas del 10 de diciembre de 1996, determinando multas por la cantidad de bolívares ciento cuarenta y un mil bolívares sin céntimos (141.000,0.....