Por las razones y consideraciones antes expuesta, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito del Estado Lara en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR las cuestiones previas alegadas por los abogados Reinal Pérez Vitoria y Marisela Anzola Ramírez, apoderados judiciales de los ciudadanos NELSON JOSE MOSLEH ZEBIAN, FRANCO JOSE MOSLEH ZEBIAN, MANUEL JOSE MOSLEH ZEBIAN, SALIMA DE JESUS MOSLEH ZEBIAN y AMIW MOSLEH ZEBIAN, ambos plenamente identificados en auto, de la siguiente forma :
PRIMERO: Sin lugar las cuestiones previas opuestas con fundamento en los ordinales 6 del articulo 346, del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 340 ordinales 4, 5, 7, y 6 ejusdem, y la acumulación prohibida del articulo 78 ejusdem.
Notifíquese a las partes por haber salido fuera del lapso dicha Sentencia
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese.
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