En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Inadmisible la acción de amparo incoada por los ciudadanos Efraín Romero, Octavio González, Omar Romero, Luís Mujica, Julio García, Aníbal Bravo, Carlos Aguirre, David Rodríguez, Lenin Rivero, Oscar Castillo, y Jhonathan Baptista.