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Decisiones del dia 31/07/2007 |
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N° Expediente :
KP02-S-2007-0012476
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N° Sentencia :
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Fecha: 31/07/2007 |
Procedimiento: Calificación De Despido |
Partes: JOSÉ DIAZ PERALTA VS LINEA 1ERO DE OCTUBRE. |
Resumen:
Ahora bien este Tribunal, por auto motivado del dieciséis (16) de julio de 2007, se abstuvo de admitirla por no llenarse los requisitos establecidos en el numeral 5° del artículo 123 en comento; es decir "la dirección exacta de la empresa...", ordenándose la notificación del demandante a los efectos de que procediera a corregir el escrito de solicitud, con apercibimiento de perención. Ahora bien, observa este juzgado que en fecha 18 de julio de 2007, la parte demandante se tiene por notificada tal y como se evidencia al folio (05), computándose a partir de esa fecha los dos (02) días a que se refiere el artículo 124 de la ley adjetiva laboral, sin que la parte demandante haya dado cumplimiento a la orden específica del tribunal, en consecuencia y conforme a lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA. Así se decide.
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Juez/Ponente:
José Tomas Alvarez Mendoza
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Organo:
Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
KP02-M-2003-542
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N° Sentencia :
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Fecha: 31/07/2007 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares (Intimación) |
Partes: PEDRO RAFAEL PUERTA ADRIAN JESUS BRIZUELA |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (07) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-M-2005-126
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N° Sentencia :
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Fecha: 31/07/2007 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares (Intimación) |
Partes: ALEJANDRO FERNANDEZ NAJARRO, MIRIAN NAYLET BALLESTEROS |
Resumen:
Por ello y conforme al Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese a la parte solicitante, respecto a ello se observa, que la misma no indico la sede o dirección de su domicilio, por tanto y de conformidad al Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que la notificación se realice en la sede del Tribunal, por lo cual se establece que la misma sea realizada por el Secretario, en la Cartelera del Juzgado, dejando constancia en autos de haber cumplido con esta formalidad. Se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en (06) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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