Ahora bien, este Tribunal de Ejecución en base a los anteriores cómputos, observa lo siguiente:
Que en el informe consignado por el Equipo Técnico adscrito a la Casa de Formación Integral Acarigua I, en fecha 23-07-07, se hace constar que el adolescente Identidad Omitida, ha asistido por ante ese Equipo a cumplir con la medida de Libertad Asistida, los meses de Febrero, Marzo y Abril de 2007, desprendiéndose de las fechas indicadas en dicho informe, que el adolescente cumplió con la sanción de Libertad Asistida, por el lapso de TRES (3) MESES, que es el lapso que le faltaba por cumplir, por lo que decreta el CESE de esta sanción al haber asistido con regularidad y puntualidad a las citas establecidas por el Equipo Técnico adscrito a la Casa de Formación Integral Acarigua I. En relación a la sanción de Reglas de Conducta, consistente en la obligación de culminar sus estudios en la Misión Ribas y continuar tratamiento médico, prescrito por la Dra. María Constanza, se desprende del info.....