La Corte ANULA el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de este Órgano Jurisdiccional en fecha 16 de enero de 2007, en virtud del cual se ordenó practicar cómputo por la Secretaría de ese Juzgado, así como las actuaciones procesales subsiguientes; REPONE la causa al estado en que, previa notificación de las partes, se inicie el cómputo del lapso para retirar y publicar el cartel de emplazamiento a los terceros interesados, librado en fecha 15 de noviembre de 2006, conforme a las consideraciones expuestas en la motivación de este fallo y, ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a los fines que efectúe la notificación de las partes, para que luego que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas reanude la causa en el estado supra mencionado y en la forma expuesta en la motivación del presente fallo. IMPROCEDENTE la solicitud efectuada por la abogada Deyanira Contreras, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte.....