este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, DESESTIMA la Acusación Fiscal y en consecuencia se decreta el Sobreseimiento de la Causa de conformidad con el articulo 318 numeral 1°, a favor del ciudadano OLIVER JOSE SANVICENTE, Venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, Soltero, de 31 años de edad, nacido en fecha 17-10-80, titular de Cédula de Identidad N° V-17695.169, de Profesión u Oficio Albañil, hijo de Prospero Tenás y María Mercedes Sanvicente López, domiciliado en Río de Guiria, Calle Santa Ines, casa S/N, cerca del Bar, Municipio Valdez del Estado Sucre; por no existir en las actuaciones una pluralidad de elementos de convicción en contra del mismo, tal como lo establece el artículo 326, ordinal 3° del Código Orgá.....