Se dictó y publicó decisión en la cual se admitió la demanda de nulidad interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano Álvaro Finol, contra la Junta Liquidadora Instituto Nacional de Hipódromos (INH) por cuanto no se evidencia la caducidad de la acción; notificar a los ciudadanos FGR, PGR y Presidenta de la Junta Liquidadora Instituto Nacional de Hipódromos, solicitándole los antecedentes administrativos; una vez consten en autos las notificaciones ordenadas remitir el exp. a la CSCA, para que fije la audiencia de juicio conforme a lo previsto en el art. 82 de la LOJCA; finalmente, la apertura del cuaderno separado para tramitar de la medida cautelar solicitada conforme el art. 105 eiusdem.