Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto en fecha 8 de julio de 2014, por la parte accionante; contra la sentencia del día 3 del mismo mes y año, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Jessika Maderlyn Pinto Gamboa, antes identificada, sin asistencia de abogado; contra la Universidad Fermín Toro, por la presunta violación del derecho al debido proceso, así como a la educación.
SEGUNDO: Se anula por orden público la sentencia de fecha 3 de julio de 2014, dictada por el Juzga.....