DISPOSITIVA:
Es por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor Jose Vicente de Unda del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana JEMNYS ZULEIMA GONZALEZ TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.151.046, quien actúa en su carácter de representante legal de su hija: X, contra el ciudadano ENNER JOSE GARCIA, ya identificado, y fija como Obligación de Manutención la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2500,oo) mensuales mas el 50% de los gastos de medicina cuando lo amerite, uniformes y útiles escolares y estrenos en el mes de Diciembre, dicha cantidad de dinero deberá ser entregada por el padre a la madre de su hija en dinero efectivo quien le otorgara el correspondiente recibo de cancelación y él a.....