/Este Tribunal de Control N° 5, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBETAD, de conformidad con el artículo 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano WILMER ANDRÉS RÍOS COLMENÁREZ, plenamente identificado en autos.