D E C I S I Ó N :
Por lo antes expresado, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogado ANA SONIA SANCHEZ, con el carácter que tiene acreditado en autos contra el auto de fecha 12 de junio de 2001, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara. En el juicio de TERCERIA intentado por los ciudadanos PEDRO VALENTIN RIERA ESCALONA y FAGUNDES DE RIERA ELBA GRISELDA contra ALFREDO MENDEZ GOMEZ y la empresa Mercantil PROCESOS INVEALUMCA, C.A., todos identificados en autos.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
De conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a las partes de esta decisión, líbrense boletas y entréguensele al Alguacil y .....