este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL Y ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el articulo 43 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa seguida al ciudadano hoy acusado RAFAEL ALEXANDER GUILARTE CALDERA, Venezolano, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.083.837, Soltero, hijo de los ciudadanos Eidy Caldera y Rafael Guilarte, fecha de nacimiento 08/09/1988, de oficio Asistente de Oficina, natural de Cumana; residenciado en la Urb. Nueva Cumana edificio 7, apartamento 3, piso 3-02, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, prevista y sancionada en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en prejuicio de la ciudadan.....