DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones legales conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA: PRESCRITA LA SANCION impuesta por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de juicio sección Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, al joven (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), mediante la cual se le condenó a cumplir la medida de Semi Libertad por el lapso de un (01) año, por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto en el artículo 6 ordinales 1° y 3° de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano OLMOS MORENO LUIS ALBERTO y ORD.....