En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer los recursos de apelaciones interpuestas en fechas 16 de octubre de 2014, por el Abogado Oscar Rangel Dolinski, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana YURAIMA YARITZA CORONADO y 11 de noviembre de 2014, por la Abogada Agustina Ordaz Marín, actuando con el carácter de Sustituta del Procurador General de la República, contra la sentencia dictada en fecha 8 de octubre de 2014, contra la sentencia dictada en fecha 8 de octubre de 2014, por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la mencionada ciudadana, contra la CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMALÍSTICAS (C.I.C.P.C.), 2. SIN LUGAR LAS APELACIONES interpuestas contra la decisión apelada y 3. FIRME la decisión apelada