En fecha 2 de julio de 2014, este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual se declaró la competencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y admitió la presente demanda de nulidad ejercida por el abogado Wiliem Asskoul Saab, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.023, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Rosa María Ramos Chinea, contra el silencio administrativo negativo de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), hoy Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) Asimismo, se le ordenó notificar de la admisión presente causa a los ciudadanod Procurador General de la República, Fiscal General de la República y parte demandanda, a quien se le solicitó los antecedentes administrativos del caso.