En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primero Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO ORDINARIO, fundamentada en los numerales 2° y 3° del Artículo 185 del Código Civil Venezolano, interpuesta por la ciudadana JOSEFA LETICIA SCOTT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.700.466, debidamente asistida por el abogado Wilman Castro Mocizo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 85.729, en contra del ciudadano FRANKLIN SIMÓN BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.723.309, quienes procrearon al niño XXXXX. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entr.....