Por todo lo antes explanado este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Ordena MANDATO DE CONDUCCION de la ciudadana: MIXAIDA YELITZA RIVAS CASTRO, quien es venezolana, mayor de edad, nacida el 31/10/70 de treinta y dos años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.810.797 con domicilio en el Conjunto Residencial "Las Begoñas, Torre "A" Apto1-2 Detrás del centro Comercial Costa Azul, Coro Estado Falcón para que sea conducido por la fuerza pública dentro del término legal de ocho horas| contados a partir de la conducción por la fuerza pública, ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público, con el debido respeto de sus derechos constitucionales, a fin de ser entrevistados por este sobre los hechos que se investigan en el asunrto Principal IP01-S-2003-000041, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal P.....