Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: - DESISTIDA la presente causa y extinguida la instancia en el escrito contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por la abogada Katiuska Marín, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 43.150, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil "GRUPO CONTROL 2004, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil VII del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 18 de mayo de 2004, bajo el N° 70, Tomo 417-A-VII, contra los actos administrativos contenidos en la Actas S/N de fechas 26 de octubre de 2007 y 17 de abril de 2008, emanadas de la Coordinación Nacional de los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada, adscrita al Viceministerio de Seguridad Ciudadana del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS REL.....