DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente procedimiento se ventile por la vía del Procedimiento Abreviado, de conformidad con lo establecido en el artículo 248, 249 y 373 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por el Fiscal del Ministerio Público en cuanto a la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad en contra del ciudadano ANGEL LEONARDO FLORES FELICIANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.412.919, de nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, nacido en fecha 04/01/1979, de 28 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Cruz María Feliciano y de Juan Flores, residenciado en San Bernardino, Avenida Sorocaima, Quinta Lucy, N° 53.....