La Corte se declaró COMPETENTE para conocer la apelación interpuesta contra la sentencia que declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial; declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación ejercida; ANULA PARCIALMENTE la decisión de fecha 20 de julio de 2005, en lo que se refiere a la declaratoria de inadmisibilidad del "Bono Único" del año 2004 y, REPONE la causa al estado de que se lleve a cabo la audiencia preliminar del presente recurso en la forma prevista en el segundo aparte del artículo 104 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, a los únicos y exclusivos fines de que la ciudadana Vilma Cosuelo Peña, manifieste su voluntad de hacer uso o no del lapso probatorio establecido en el artículo 105 eiusdem, en relación a su pretensión del pago de "Bono Único" del año 2004. Se ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de que continué con el trámite de ley corr.....