La Corte declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto contra la decisión que declaró con lugar la acción de amparo constitucional; REVOCA la decisión apelada, y asimismo, declara INADMISIBLE la acción interpuesta. Se REABRE EL LAPSO el lapso de tres (03) meses con que contaba la accionante para la interposición de la querella funcionarial, a tenor de lo previsto en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual deberá comenzar a computarse después de la notificación que del presente fallo se haga a la accionante.