Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA y por AUTORIDAD de la Ley declara con LUGAR la solicitud de DIVORCIO hecha por los Ciudadanos HECTOR RAFAEL MARCHAN JIMENEZ Y LIZ CAROLINA RIVERO BRETT, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cedulas de Identidad Personales N°s. 16.866.047 y 16.707.853 respectivamente, domiciliados el primero en el Sector 3, Ruezga Norte, Avenida 1, Casa Nº. 89, Parroquia Catedral de la Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara y la segunda en la Calle El Carmen, Casa s/n, Sector El Paují, Municipio Federación, Estado Falcón, asistidos por el Abogado en ejercicio JUAN MANUEL CANELO GARCIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 249.172, con DOMICILIO PROCESAL en la Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara y en consecuencia qued.....