En consecuencia, este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio, REDIME AL CONDENADO: CELESTINO RAFAEL MARVAL, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 5.706.847, las siguientes penas: Primero: UN (1) AÑO, CINCO (5) MESES, DIECISEIS (16) DÍAS Y DOCE HORAS y Segundo: SEIS (6) MESES Y CINCO (5) DÍAS. Que sumada estas dos Redenciones a la pena física cumplida hasta la presente fecha, da un total de pena cumplida, de: SIETE (7) AÑOS, SEIS (6) MESES, VEINTISEIS (26) DIAS Y DOCE (12) HORAS. Le Falta por cumplir la pena de: DOCE (12) AÑOS, CINCO (5) MESES, TRES (3) DIAS Y DOCE (12) HORAS. Siendo la fecha de cumplimiento de pena por parte del penado, el día: 07 de Marzo del año 2018, con 12 horas.
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