En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: RAÚL JOSÉ CLEMANT DÍAZ, venezolano, mayor de edad, nacido en Irapa, nació el 11/02/1988, de 24 años, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.097.835, hijo de Patricio Clemant (difunto) y Maritza Diaz, de profesión panadero, soltero y residenciado en Campo Claro Calle Miranda, casa sin numero cerca del estadio. Municipio Cajigal Estado Sucre, por encontrarse incurso en la presunta comisión de los delitos de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 en su segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio la Victima: DESIRLENE VEDEAU, y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, ..