Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del imputado Fernando Jose Mata, venezolano, de estado civil soltero, de 36 años de edad, nacido en fecha 30-03-1971, titular de Cédula de Identidad N° 12.885.594, de profesión u oficio agricultor, hijo de Aurora Mata y Carlos Pino y domiciliado En el caserío Canaima, calle principal, casa sin numero, específicamente frente a la escuela de ese caserío, Municipio Bermúdez estado Sucre, en virtud de encontrarlo incurso en el delito de Violencia Psicológica y Física, contemplado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Rosa Elena Urbano, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 87 ordinales quinto y trece de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el articulo 256 ordinal 3 del Código Orgánic.....