Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 19 de enero de 2009, por el abogado Erister Vásquez, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ASESORÍA Y SERVICIOS INDUSTRIALES (ISI, C.A)., contra la decisión dictada el 9 de julio de 2010 por el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, mediante la cual declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR. 2.- El DECAIMIENTO DEL OBJETO en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto.