Se dictó decisión mediante la cual esta Corte:1.- Que es COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta en fecha 19 de mayo de 2010, por el abogado Jorge Andrés Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 71.656, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en fecha 29 de abril de 2010. 2.- CON LUGAR la apelación ejercida. 3.- REVOCA la sentencia apelada. 4.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, por lo que anula el acto administrativo N° DG-0032-2008, de fecha 3 de julio de 2008, únicamente lo relativo al retiro del ciudadano Eleazar Emilio Morante Heredia, ordenando en consecuencia, su reincorporación por el lapso de un (1) mes a los fines de efectuar las gestiones reubicatorias y el correspondiente pago de dicho mes. Se ordenó notificar.